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Proyecto de Ley: Estampillado en los certificados médicos

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Como todos sabemos, la presentación de un certificado médico estampillado es una de las nuevas exigencias del sistema de justificaciones, fruto del contrato entre el Ministerio de Educación y la ASYT de la Facultad de Cs. Médicas de la Universidad Nacional de Rosario. 

Desde SADOP, como representantes de los docentes privados, entendemos que los cambios propuestos al régimen de licencias por el actual gobierno no tienen en cuenta el aspecto clave de la prevención y persigue una finalidad recaudatoria.

En este marco hemos decidido, junto a la seccional Santa Fe del SADOP, presentar un proyecto de Ley modificatoria de la actual N° 12.818, por el que tanto los trabajadores o agentes públicos, como los trabajadores de la actividad privada controlados por el Estado provincial, cuando justifiquemos nuestras inasistencias o nuestro estado de salud no deberemos pagar el estampillado, que actualmente nos impone la Ley ya citada,  y que recauda el Colegio de Médicos y la Caja del Arte de Curar.

Entre los fundamentos presentados exponemos:

Las normas precedentes son violatorias de La Constitución de La Provincia de Santa Fe, la cual establece en su Artículo 20 que "La provincia en la esfera de sus poderes, protege el trabajo en todas sus formas y aplicaciones y, en particular, asegura el goce de los derechos que la Constitución y las leyes nacionales reconocen al trabajador" en su quinto apartado estipula que "La ley concede el beneficio de gratuidad a las actuaciones administrativas y judiciales de los trabajadores y de sus organizaciones".

Las contribuciones provenientes de los actos de los profesionales sustentan el sistema previsional de la Caja del Arte de Curar recayendo sobre los habitantes de la comunidad sin generar beneficios, ni servicios a la sociedad.

Por otra parte, al concurrir a un especialista privado para su tratamiento y solicitar un certificado médico donde conste su situación de salud,  el paciente debe abonar  un arancel profesional  o presentar una orden de obra social o prepaga, por lo cual las estampillas que emiten sería una doble imposición por un mismo servicio.

Que el hecho de tener la obligación de estampillar los documentos y certificados emitidos por los profesionales de la salud genera un inconveniente a quienes padecen de una enfermedad, visto que deben movilizarse de un lugar a otro pudiendo agravar su estado de salud e irrumpe además el derecho de gratuidad de estos actos.

Desde SADOP manifestamos que nuestra pretensión es que el Proyecto de Ley sea aprobado y por lo tanto el estamplillado sea exceptuado de los Certificados médicos que debamos presentar, junto al formulario LM, para justificar nuestras inasistencias por razones de salud, personal o de nuestros familiares.